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Materialidad de Operaciones y 69-B
Servicios especializados de asesoría, prevención y defensa fiscal dirigidos a contribuyentes y empresas, orientados a mitigar riesgos derivados de los procedimientos previstos en los artículos 42, fracción VI, inciso g), 49-Bis y 69-B del Código Fiscal de la Federación, relacionados con la presunta inexistencia de operaciones, simulación de actos jurídicos y falta de materialidad.
El servicio comprende
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Valuación integral de riesgos fiscales relacionados con la posible aplicación de los procedimientos previstos en los artículos 42, fracción VI, inciso g), 49-Bis y 69-B del CFF, mediante diagnósticos preventivos sobre operaciones, estructura documental, proveedores y esquemas de contratación.
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Mecanismos de detección temprana de riesgos respecto de proveedores, clientes o terceros con probabilidades de ser incluidos en los listados de contribuyentes que presuntamente realizan operaciones inexistentes (EFOS), así como análisis preventivo de cadenas de suministro y operaciones vulnerables.
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Diseño e implementación de procesos de soporte de materialidad, enfocados en acreditar la razón de negocios, capacidad operativa, trazabilidad, sustancia económica y efectiva realización de las operaciones, conforme al modelo de negocio y dinámica operativa del contribuyente.
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Integración y fortalecimiento de expedientes de materialidad, mediante la elaboración de matrices documentales, protocolos internos de contratación, evidencia operativa y mecanismos de conservación de información estratégica para fines de defensa fiscal.
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Auditorías preventivas de materialidad y razón de negocios, orientadas a detectar debilidades documentales, inconsistencias operativas y contingencias susceptibles de ser observadas por la autoridad fiscal.
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Asesoría y acompañamiento jurídico durante actos de fiscalización, incluyendo cartas invitación, compulsas, revisiones electrónicas, visitas domiciliarias y revisiones de gabinete vinculadas con operaciones presuntamente inexistentes o simuladas.
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Defensa integral en procedimientos previstos en los artículos 42, fracción VI, inciso g), 49-Bis y 69-B del CFF, tanto para contribuyentes emisores de comprobantes fiscales, como para quienes les hayan dado efectos fiscales o acreditado consecuencias tributarias.
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Atención de procedimientos relacionados con falta de materialidad, inexistencia de razón de negocios, discrepancias operativas y presunción de simulación de operaciones comerciales, financieras o empresariales.
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Interposición de medios de defensa fiscal y administrativa, incluyendo acuerdos conclusivos, recursos administrativos, juicios de nulidad y demandas de amparo contra actos y resoluciones derivados de dichos procedimientos.
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Estrategias de regularización y mitigación de contingencias fiscales, orientadas a reducir riesgos patrimoniales, fiscales y penales derivados de observaciones relacionadas con EFOS, EDOS y materialidad de operaciones.
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Capacitación empresarial y corporativa sobre cumplimiento documental, prevención de riesgos fiscales y mejores prácticas para acreditar la materialidad y sustancia económica de las operaciones.